(Comunicado de Prensa).- El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral modificó el acuerdo CEE/CG/221/2018 relacionado con la elección extraordinaria de Monterrey; con base a la sentencia de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Juicio de Revisión Constitucional SM-JRC-381/2018.

En Sesión Extraordinaria, este 21 de noviembre, el órgano electoral aprobó las siguientes medidas:

a) Los partidos políticos que participaron de manera individual en el proceso electoral ordinario y que así decidan continuar en el proceso electoral extraordinario, tendrán que realizarlo con las mismas candidaturas.

b) Se aceptan nuevas coaliciones, pero las entidades políticas deberán seleccionar de entre las candidatas y candidatos que se postularon en el proceso electoral ordinario por cada uno de los partidos coaligados, bajo el procedimiento legal que establezcan en su convenio, sin que puedan introducir nuevas candidatas o candidatos, salvo los casos de excepción en los que se permite legalmente las sustituciones justificadas.

c) Los partidos que participaron coaligados en el proceso electoral ordinario, podrán desligarse, pero el instituto político que lo haga, no podrá participar de manera individual con nuevas candidaturas, sino coaligado con diverso y, para ello, deberán seleccionar de entre las candidatas y candidatos que postularon en el proceso electoral ordinario, por cada uno de los partidos coaligados, bajo el procedimiento legal que establezcan en su convenio, sin que puedan introducir nuevas candidatas o candidatos, salvo los casos de excepción en los que se permite legalmente las sustituciones justificadas.

d) Las entidades políticas coaligadas que participaron en el proceso electoral ordinario, podrán participar de la misma forma en el proceso electoral extraordinario, con las mismas candidaturas que postularon en el proceso electoral ordinario.

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