El amparo indirecto promovido por Christian Nodal en relación con la iniciativa conocida públicamente como “Ley Cazzu” fue desechado por improcedente, al tratarse de una propuesta que todavía no ha sido aprobada como ley.
El expediente 1284/2026 identifica como acto reclamado la “presentación y promoción de la iniciativa a nivel federal bajo la denominación ‘Ley Cazzu’”. De acuerdo con la resolución reportada, no existía un acto de autoridad impugnable ni una afectación directa derivada de una iniciativa legislativa aún pendiente.
La defensa de Nodal presentó el amparo el 17 de julio. Después del desechamiento, interpuso un recurso de queja el 18 de agosto, el cual permanecía en trámite al corte del 21 de septiembre. Hasta ese momento no se reportaba una resolución final.
El diputado federal Ernesto Núñez Aguilar, promovente de la iniciativa a nivel federal y una de las autoridades señaladas en el expediente, declaró que no había recibido una notificación oficial del procedimiento. También sostuvo que un amparo no puede proceder contra una iniciativa que no ha entrado en vigor.
Núñez Aguilar dijo que conoció el caso por la cobertura de espectáculos. Sus declaraciones corresponden a su postura y no existe confirmación en la investigación reunida sobre la entrega de una notificación judicial al legislador.
La iniciativa fue presentada inicialmente por Sandra Arreola ante el Congreso de Michoacán el 12 de marzo. El dictamen fue aprobado por el pleno estatal el 8 de mayo y posteriormente enviado al Congreso de la Unión, según la investigación reunida.
La propuesta busca facilitar la obtención de pasaportes y permisos de viaje para niñas, niños y adolescentes cuando uno de sus progenitores incurre en abandono o incumplimiento reiterado de obligaciones parentales.
El equipo legal de Nodal ha negado que el amparo busque detener o cancelar la iniciativa. Su posición es que el reclamo cuestiona una narrativa que considera falsa y estigmatizante sobre la hija del cantante, utilizada para promover el proyecto.
El desechamiento no representa un freno judicial vigente para la iniciativa. La continuidad del litigio dependerá de la resolución que se emita sobre el recurso de queja promovido por la defensa de Nodal.





















