El dictamen fue aprobado por el Congreso para ser incluido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, el tipificar el delito de pederastia en el Código Penal así como establecer el Registro de Violadores y Abusadores Sexuales.

Monterrey.- Con la finalidad de contar con un banco de datos que permitan combatir las violaciones, la pederastía y otros abusos sexuales, el Diputado del PRI, Gabriel Tláloc Cantú presentó una iniciativa, señalando que el abuso sexual infantil es una de las formas más graves de violencia contra de las niñas y niños, conlleva efectos devastadores en la vida de los infantes que lo sufren, implica la transgresión de los límites íntimos y personales realizado en un contexto de desigualdad o asimetría de poder, habitualmente a través del engaño, la fuerza, la mentira o la manipulación.

“Presentamos la adición de un capitulo nuevo al Código Penal del Estado para tipificar el delito de pederastía, en el mismo establecemos todas las condiciones y todas las personas que pudieran ser los victimarios del menor de 18 años, ponemos de todas las categorías, buscamos que las penas de 9 a 23 años de prisión y altas multas económicas”.

“También estamos modificando la Ley Orgánica de la Procuraduría para crear el registro estatal de delincuentes en materia de pederastía y delitos sexuales, de tal manera que si hay actos reincidentes puedan tener una herramienta para poder investigar de una manera más precisa y ágil gente que cometa repetitivamente este tipo de delitos, en lo que estamos proponiendo, se aumenta hasta por una mitad más, si quien comete la pederastía sobre un menor de edad si es un familiar”, manifestó Tláloc Cantú.

El legislador agregó que además de las anteriores penas, el autor del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.

Y si el delito fuere cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones, además de la pena de prisión será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión por un término igual a la pena impuesta.

Detalló que en el Registro Estatal de Violadores y Abusadores Sexuales se almacenará la información de toda persona con sentencia ejecutoría condenatoria y contará nombre, apellido y en caso de poseerlos los correspondientes apodos además de la fotografía actualizada; fecha y lugar del nacimiento; nacionalidad; identificación oficial; CURP; número de Seguridad Social y el delito por el cual fue sentenciado.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí