Si tienes que trabajar este día primero de diciembre, debes conocer cuánto es lo que te deben de pagar por ley

El próximo sábado primero de diciembre tomará posesión del cargo de presidente de México durante los próximos seis años Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece como día de descanso obligatorio: “El 1 de diciembre de cada seis años, cuando hay elecciones presidenciales en el país”.

Por lo que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. En caso contrario, por ley, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Este pago, de acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es del doble del pago de su salario normal, y se triplica cuando esa jornada coincide con un día feriado.

¿Cuánto te deben pagar si tienes que trabajar este 1 de diciembre?

En caso de que un trabajo tenga que laborar en este primero de diciembre debe recibir un pago mayor ya que las empresas están obligadas a pagar el doble de una jornada laboral, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley del Trabajo

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Para realizar el cálculo exacto de cuanto tiene que recibir por una jornada doble de trabajo un empleado se debe dividir el salario mensual entre 30, que son los días de un mes, y el resultado se debe de multiplicar por dos.

Si los ingresos mensuales brutos de un trabajador son de 10,000 pesos mensuales, le corresponderán 666.60 pesos por trabajar este 1 de diciembre. El cálculo se hace de la siguiente manera:

En caso de alguna empresa o patrón incumpla con esta disposición legal los trabajadores pueden comunicarse a los números telefónicos de Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942 para todo el territorio nacional, así como el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx

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