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Claudia Tapia pide se respete la vocación del Parque Fundidora

La iniciativa contempla asegurar una correcta gestión y administración del Parque, restringir la realización de eventos ajenos a su objeto social y garantizar que el Gobierno le otorgue recursos suficientes. | #TiempoRegio

La iniciativa contempla asegurar una correcta gestión y administración del Parque, restringir la realización de eventos ajenos a su objeto social y garantizar que el Gobierno le otorgue recursos suficientes

A pesar de tener como misión institucional mejorar el entorno y la calidad de vida de los neoloneses para lograr un constante desarrollo y mejora continua que contribuya a la sustentabilidad del medio ambiente; el Parque Fundidora, está siendo administrado bajo fines totalmente distorsionados a su vocación original.

El Parque Fundidora, que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal tiene la obligación de dar cumplimiento al Decreto por el que se declara Zona Protegida con el carácter de Zona Histórica denominada Museo de Sitio de Arqueología Industrial a una superficie de 74.91 hectáreas que perteneció a la antigua Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey, S.A., publicado en el Periódico Oficial del Estado, del 28 de Febrero del 2001.

“En fechas recientes ha sido del conocimiento público y se ha replicado ampliamente a través de los medios masivos de comunicación y redes sociales, que a raíz de la celebración de eventos musicales multitudinarios en diversas zonas al interior del predio que ocupa el Parque Fundidora, las áreas verdes que ahí se encuentran han resultado sensiblemente afectadas, ya que no se encuentran en condiciones de albergar a tantas personas de forma simultánea, y mucho menos para conciertos al aire libre en donde la mayoría de los participantes dispone inadecuadamente de los residuos que generan” señaló Claudia Tapia

“Por información que integrantes de esta Legislatura hemos obtenido de viva voz de las autoridades que administran este espacio, encabezadas por su Director General, Fernando Villarreal Palomo, los ingresos propios que Parque Fundidora obtiene fundamentalmente de los eventos masivos que han venido organizando sin control ni regulación alguna, se destinan al pago de gasto corriente” agregó la diputada.

El hecho de que la administración del Parque Fundidora haya encontrado como una alternativa de supervivencia ante la falta de presupuesto estatal para el cumplimiento de sus obligaciones, el realizar eventos públicos masivos, con fines mercantiles, y para eventos ajenos a su vocación original, atenta directamente al derecho que todos los nuevoleoneses tenemos a un ambiente sano, consagrado en la fracción segunda del artículo Tercero de la Constitución Política del Estado.

 La iniciativa presentada por la diputada Claudia Tapia del grupo legislativo Morena, contempla una reforma a  la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora, por adición de un artículo 21 Bis, para quedar como sigue:

Artículo 21 bis: El Gobierno del Estado deberá de realizar transferencias presupuestales anuales suficientes para cubrir los gastos derivados de la conservación y mantenimiento de la infraestructura existente en el “Parque Fundidora”, independientemente de los ingresos que la administración del mismo incorpore a su patrimonio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de esta Ley. 

No estará permitida la realización de actividades o eventos públicos o privados dentro del “Parque Fundidora”, que tengan como objetivo el lucro de terceras personas, y/o recaudar ingresos para cubrir gasto corriente y/o relacionado con operación y mantenimiento, y solo podrán realizarse, con la previa autorización del Consejo de Administración, en términos de lo dispuesto en la Sección Primera de la presente Ley, actividades o eventos culturales, deportivos y recreativos de bajo impacto ecológico y asistencia controlada, cuyos ingresos sean destinados de forma exclusiva a acciones de conservación del patrimonio del “Parque Fundidora”, protección a su biodiversidad y/o educación ambiental a cargo del Organismo.

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